Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos portales y sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el artículo 70 de la Ley General, así como también la siguiente información adicional:
X.- Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen según corresponda, por la Contraloría General del Estado, las Contralorías Internas, el Órgano Interno de Control y Evaluación Gubernamental de cada Municipio, el Órgano Fiscalizador del Congreso y los auditores externos, incluyendo, en su caso, las aclaraciones que correspondan;
CONSEJO ESTATAL DE CONCENTRACIÓN PARA LA OBRA PUBLICA 2024 CONSEJO ESTATAL DE CONCENTRACIÓN PARA LA OBRA PUBLICA 2024 |
Descargar |
REVISIÓN EFECTUADA REVISIÓN EFECTUADA |
Descargar |
LA REVICION DE LAS PÓLIZAS DE INGRESOS MUNICIPALES LA REVICION DE LAS PÓLIZAS DE INGRESOS MUNICIPALES |
Descargar |
RESPUESTA DE OFICIO OCEG 039/2025 RESPUESTA DE OFICIO OCEG 039/2025 |
Descargar |
4 archivos |